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Artículo Cientíco
Marco legal de la electromovilidad en Ecuador:
infraestructura de carga, cooperación China y educación
sostenible.
Legal Framework for Electromobility in Ecuador: Charging Infrastructure,
Cooperation with China, and Sustainable Education.
Fabara-Verdezoto, Nancy Carolina
1
.
1
Institute of International and Regional Studies, Sun Yat-sen University; China,
Zhuhai; https://orcid.org/0000-0001-7326-1170; abogadacfabara@gmail.com
1
Autor Correspondencia
https://doi.org/10.63618/omd/isj/v4/n2/308
Resumen: El análisis explora el marco jurídico que rige la electromovilidad en Ecuador, enfatizando su
relación con la infraestructura de carga, la colaboración internacional con China y la educación enfocada en
la sostenibilidad. El análisis, en el marco de una adopción creciente de vehículos eléctricos, señala que es
indispensable una regulación técnica dinámica. Esta debería incluir reglamentaciones específicas para la
instalación y funcionamiento de estaciones de carga a nivel nacional, así como estándares de calidad y
homologación. Se examinan los efectos del pacto comercial entre Ecuador y China, que ha posibilitado la
expansión de la oferta de autos eléctricos chinos y el fomento de proyectos de cooperación tecnológica e
inversión en infraestructura energética. Además, se examina la función que desempeñan los programas de
formación y la academia en la generación de habilidades técnicas especializadas en movilidad eléctrica, las
cuales son esenciales para mantener el cambio hacia un transporte más eficaz y menos contaminante.
Se destaca el avance conseguido en la regulación de eficiencia energética y en los incentivos fiscales iniciales
entre los logros más significativos. No obstante, se percibe la ausencia de un marco normativo completo que
conecte la instalación de estaciones de carga privadas y públicas, los sistemas tecnológicos interoperables y
los métodos de financiación sostenible. El articulo llegar a la conclusión de que para lograr una integración
eficaz del ecosistema de electromovilidad es necesario coordinarse entre el sector privado, el público y el
académico, además de implementar políticas relacionadas con la educación ambiental y la transferencia
tecnológica. La creación de una red nacional de carga eficaz y sostenible que se ajuste a las características
económicas, geográficas y sociales del Ecuador solo será posible si se adoptan las mejores prácticas
internacionales y se trabaja en conjunto.
Palabras clave: electromovilidad; marco legal; infraestructura de carga; cooperación China-Ecuador;
educación sostenible; vehículos eléctricos; eficiencia energética.
Abstract: The analysis explores the legal framework governing electromobility in Ecuador, emphasizing its
relationship with charging infrastructure, international collaboration with China, and education focused on
sustainability. Against the backdrop of growing adoption of electric vehicles, the analysis notes that dynamic
technical regulation is essential. This should include specific regulations for the installation and operation of
charging stations nationwide, as well as quality and certification standards. The analysis examines the effects
of the trade agreement between Ecuador and China, which has enabled the expansion of the supply of Chinese
electric vehicles and the promotion of technological cooperation projects and investment in energy
infrastructure. Additionally, it examines the role played by training programs and academia in developing
specialized technical skills in electric mobility, which are essential for sustaining the shift toward more efficient
and less polluting transportation.
Among the most significant achievements, the article highlights progress made in energy efficiency regulations
and initial tax incentives. However, there is a perceived lack of a comprehensive regulatory framework linking
the installation of private and public charging stations, interoperable technological systems, and sustainable
financing methods. The article concludes that, in order to achieve effective integration of the electromobility
ecosystem, coordination is needed among the private, public, and academic sectors, in addition to the
implementation of policies related to environmental education and technology transfer. The creation of an
effective and sustainable national charging network that is tailored to Ecuador’s economic, geographic, and
social characteristics will only be possible if international best practices are adopted and stakeholders work
together.
Keywords: electric mobility; legal framework; charging infrastructure; China-Ecuador cooperation; sustainable
education; electric vehicles; energy efficiency.
Cita: Fabara-Verdezoto, N. C.
(2026). Marco legal de la
electromovilidad en Ecuador:
infraestructura de carga,
cooperación China y educación
sostenible. Innova Science
Journal, 4(2), 722-732.
https://doi.org/10.63618/omd/isj/v
4/n2/308
Recibido: 10/12/2025
Aceptado: 20/04/2025
Publicado: 30/04/2026
Copyright: © 2026 por los
autores. Este artículo es un
artículo de acceso abierto
distribuido bajo los términos y
condiciones de la Licencia
Creative Commons, Atribución-
NoComercial 4.0 Internacional. (CC
BY-NC).
(https://creativecommons.org/lice
nses/by-nc/4.0/)
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Artículo Cientíco
1. Introducción
La transición hacia la electromovilidad representa un desafío significativo para países
en desarrollo como Ecuador, debido a la necesidad de adaptar marcos regulatorios,
infraestructura y capacidades profesionales. En los últimos años, el crecimiento del
mercado de vehículos eléctricos y los acuerdos comerciales con China han impulsado
la actualización normativa y la adopción de estándares internacionales (Mobility Portal
Latinoamérica, 2025). Este proceso no solo transforma el transporte, sino también las
políticas energéticas, industriales y educativas, posicionando a la electromovilidad como
un eje de cambio estructural.
Según la Asociación de Empresas Automotrices del Ecuador (AEADE), entre enero y
agosto de 2025 se vendieron 2.234 vehículos eléctricos, casi el triple que en 2024,
alcanzando el 3% del mercado total (Primicias, 2025). Este crecimiento evidencia la
consolidación de Ecuador como un mercado emergente en movilidad limpia, impulsado
por incentivos fiscales, reducción de aranceles, cooperación internacional y el desarrollo
de energías renovables. Sin embargo, persisten desafíos relacionados con costos,
infraestructura de carga y acceso equitativo a la tecnología.
En el ámbito legal, Ecuador ha acelerado la actualización de su normativa mediante
reformas como la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica y la Ley
Orgánica de Competitividad Energética. Estas establecen una definición estricta de
“vehículo eléctrico”, limitándola a aquellos impulsados exclusivamente por energía
eléctrica y recargados desde la red, excluyendo tecnologías híbridas o de rango
extendido (Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía
Eléctrica, 2025). Esta definición fortalece la seguridad jurídica y orienta la política pública
hacia soluciones de cero emisiones, pero también genera debate sobre la exclusión de
tecnologías de transición.
Los vehículos eléctricos de rango extendido (REEV) quedan fuera de esta categoría,
perdiendo beneficios fiscales (Mobility Portal Latinoamérica, 2025). Aunque esta
decisión favorece la pureza tecnológica, puede cuestionarse por limitar opciones
intermedias que reducen emisiones. En este sentido, la normativa ecuatoriana se alinea
con tendencias internacionales que priorizan vehículos de cero emisiones (Vehículos
eléctricos e híbridos. Legislación comparada, 2025), aunque introduce un filtro
regulatorio que concentra incentivos en tecnologías específicas.
Otro aspecto relevante es la ampliación del plazo para electrificar el transporte público
hasta 2034, debido a limitaciones en infraestructura y costos (Mobility Portal Lat, 2025).
A pesar de ello, el Estado mantiene incentivos como exoneraciones tributarias y
promoción de estaciones de carga (HLB Ecuador, 2025; Karway, 2025). No obstante,
es fundamental garantizar transparencia y seguridad jurídica en estos beneficios.
El marco legal ecuatoriano aún presenta vacíos importantes. No existe una regulación
integral sobre circulación, operación y supervisión de vehículos eléctricos, lo que genera
incertidumbre (Asamblea Nacional del Ecuador, 2019). Además, la falta de
estandarización en conectores y sistemas de carga dificulta la interoperabilidad.
Actualmente coexisten múltiples estándares (Tipo 1, Tipo 2, GBT, CHAdeMO, CCS),
aunque el Tipo 2 es el más extendido (Ministerio de Energía y Minas, 2022).
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La adopción de normas internacionales como la IEC 62196-2 es clave para garantizar
compatibilidad, seguridad y eficiencia (sinoevse.com, 2024). Esta estandarización no
solo es técnica, sino también regulatoria, ya que define las condiciones de acceso al
mercado y evita barreras tecnológicas. Asimismo, el enfoque de “regulación dinámica”
busca adaptar la normativa a los avances tecnológicos, aunque requiere instituciones
sólidas para evitar inseguridad jurídica.
La expansión de la electromovilidad también depende de factores territoriales y
logísticos. Regiones como Puerto Bolívar enfrentan limitaciones en infraestructura,
innovación y capacitación, lo que afecta su integración en cadenas de valor (Pérez-
Azuero & Bejarano-Copo, 2026). Estas brechas reducen la competitividad y dificultan el
desarrollo de servicios asociados como mantenimiento especializado y logística verde
(Mieles-Giler et al., 2026).
La Ley Orgánica de Eficiencia Energética (LOEE) constituye el pilar normativo,
estableciendo la electromovilidad como política prioritaria (Villafuerte et al., 2019). Esta
ley exige la incorporación de vehículos eléctricos en el transporte público y promueve el
etiquetado energético. Su reglamento complementa estas disposiciones con incentivos,
estándares técnicos y requisitos de homologación como la norma RTE INEN 034 (INEN,
2025). En conjunto, estas normas actúan como filtros regulatorios que aseguran calidad,
seguridad y coherencia con los objetivos de descarbonización.
El marco legal se complementa con leyes como la de Fomento Productivo y la de
Simplificación Tributaria, que establecen exenciones fiscales. Sin embargo, la ausencia
de una Ley Orgánica de Electromovilidad genera fragmentación normativa y dificultades
de coordinación. Instrumentos como el Fondo Nacional de Inversión de Eficiencia
Energética buscan apoyar el desarrollo del sector, aunque enfrentan desafíos de
implementación.
La formación de capital humano es un elemento clave en esta transición. La academia
y las instituciones públicas están desarrollando programas de capacitación técnica y
educación en sostenibilidad, integrando conocimientos sobre energías limpias y
movilidad eléctrica. Iniciativas como el acuerdo entre el Ministerio de Energía y Minas y
ANETA promueven la formación y concienciación ciudadana (Ministerio de Energía y
Minas, 2024).
El acuerdo comercial entre Ecuador y China, vigente desde 2024, ha reducido
progresivamente los aranceles para vehículos eléctricos, facilitando el acceso a
tecnología y ampliando la oferta (Primicias, 2024). No obstante, esta apertura exige
fortalecer los mecanismos de homologación y control de calidad para evitar la entrada
de productos que no cumplan estándares.
La cooperación con China también impulsa la transferencia tecnológica y la formación
en sostenibilidad. Este país, líder en movilidad eléctrica, aporta experiencia en políticas
públicas, desarrollo tecnológico y educación ambiental. Esta colaboración fortalece el
capital humano ecuatoriano y permite adaptar soluciones al contexto local, integrando
teoría y práctica.
En conjunto, la transición hacia la electromovilidad en Ecuador es un proceso complejo
que combina avances normativos, desafíos técnicos y oportunidades de cooperación
internacional. Aunque se han logrado progresos importantes, persisten retos en
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regulación integral, infraestructura y capacitación. La consolidación de un sistema de
movilidad sostenible dependerá de la capacidad del país para articular políticas públicas,
fortalecer instituciones y promover una educación orientada a la innovación y la
sostenibilidad.
2. Materiales y Métodos
Este análisis se llevó a cabo mediante un enfoque cualitativo de revisión documental,
en el que se investigó acerca de la legislación nacional (la Ley de Eficiencia Energética,
las normativas técnicas del INEN, los reglamentos de homologación vehicular y las
regulaciones de la ARCERNNR), informes técnicos, artículos académicos y
declaraciones institucionales actuales sobre movilidad eléctrica en Ecuador. Se utilizó
la comparación analítica y la revisión de experiencias en el extranjero, sobre todo la
colaboración con China en términos de transferencia tecnológica, por medio del análisis
de datos comerciales y convenios bilaterales.
Las regulaciones de contenido nacional, conocidas también como "local content",
intentan fomentar el desarrollo productivo interno asegurando que una parte significativa
de insumos, servicios y empleo provengan del mercado local. Desde una perspectiva
legal, estas normativas buscan equilibrar los beneficios económicos y sociales de la
inversión extranjera con la protección y desarrollo de la industria nacional (López, 2023).
Sin embargo, estas reglas pueden generar tensiones con las estrategias de las
empresas chinas en Ecuador, ya que estas suelen introducir componentes tecnológicos
específicos y cadenas de suministro globalizadas que no siempre se ajustan a los
requerimientos locales. El desafío jurídico radica en establecer un marco claro que
defina el alcance, límites y mecanismos de cumplimiento de estas exigencias, evitando
sanciones arbitrarias y garantizando la transparencia. Una regulación efectiva en este
ámbito debe propiciar además programas de transferencia tecnológica que permitan la
capacitación y desarrollo de proveedores nacionales, facilitando una integración
productiva gradual y sostenible (Ministerio de Producción, Comercio Exterior,
Inversiones y Pesca del Ecuador, 2024).
En cuanto a la propiedad intelectual, el ingreso de tecnologías avanzadas para EV
implica la necesidad de proteger adecuadamente patentes, diseños industriales,
software y know-how que las empresas extranjeras aportan. Este aspecto legal es
fundamental para asegurar la confianza de los inversores y fomentar la innovación. Los
contratos de inversión y colaboración deben incorporar cláusulas precisas que regulen
la confidencialidad, manejo de información sensible, licencias y restricciones de uso,
previniendo vulneraciones y facilitando la resolución de controversias (Banco Mundial,
2025).
Asimismo, la legislación ecuatoriana debe estar alineada con tratados internacionales
en materia de propiedad intelectual para brindar una protección efectiva y homologable,
lo que es clave para mantener una cooperación sustentable con socios como China. La
protección adecuada de secretos comerciales contribuye a un ambiente de negocios
saludable donde el intercambio tecnológico es seguro y beneficioso para todas las
partes.
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3. Resultados
A pesar de que la Ley de Eficiencia Energética, el reglamento de homologación vehicular
y las normas técnicas particulares para infraestructura de carga han contribuido al
progreso del marco legal ecuatoriano en materia de electromovilidad, aún existen vacíos
en lo que respecta a la regulación sobre conectores y estándares unificados para
estaciones de carga rápida. En la actualidad, hay redes de carga que se concentran en
las ciudades más grandes, como Guayaquil y Quito, y son promovidas por entidades
públicas y privadas. La colaboración con China ha sido fundamental: el 51% de los
automóviles eléctricos que se vendieron en Ecuador en 2025 procedían de allí, gracias
a convenios de comercio libre y proyectos conjuntos de infraestructura. En el sector
educativo, universidades y programas nacionales han empezado a brindar capacitación
profesional y técnica para la movilidad eléctrica, trabajando conjuntamente con
entidades gubernamentales y el sector productivo.
El progreso normativo en Ecuador acerca de la electromovilidad evidencia una
estructura jurídica en desarrollo, en la que distintas leyes se comunican entre sí, aunque
todavía no se han integrado a un sistema completamente coherente. La Ley Orgánica
del Servicio Público de Energía Eléctrica, la Ley Orgánica de Eficiencia Energética y su
reglamento, establecen principios y responsabilidades relacionadas con el empleo
eficaz de la energía, la promoción de tecnologías limpias y la adaptación del sistema
eléctrico a nuevas exigencias. De esta manera, se establece un marco jurídico para
fomentar los vehículos eléctricos y su infraestructura. No obstante, estos cuerpos
legales aún no han elaborado un capítulo sistemático sobre estándares de conectores,
interoperabilidad de la carga rápida o requerimientos de cobertura territorial. Esto deja
en manos de las normas técnicas y las regulaciones administrativas (ARCONEL, RTE
INEN, etc.) decisiones fundamentales que deberían estar más firmemente establecidas
a nivel legal.
La Ley de Eficiencia Energética y las regulaciones para homologar vehículos (como los
reglamentos técnicos RTE INEN en materia de seguridad) funcionan como barreras de
acceso al parque automotor, demandando que los vehículos cumplan con estándares
mínimos de rendimiento y seguridad si quieren ser considerados eléctricos o eficientes.
Sin embargo, su enfoque está más centrado en el vehículo que en la red de carga; por
lo tanto, la regulación de estaciones, conectores, potencias y esquemas tarifarios se
encuentra dividida entre disposiciones técnicas y el Pliego Tarifario de ARCONEL. Esto
produce una brecha en la regulación: el ordenamiento tiene la capacidad de regular qué
vehículos pueden entrar y bajo cuáles normas de seguridad, pero no ha establecido
todavía con exactitud cómo debería ser la infraestructura que los respalda ni asegura
que el acceso a la recarga sea transparente, interoperable y no discriminatorio para los
usuarios y operadores.
Por último, la Ley de Competitividad Energética y el TLC con China presentan un nuevo
nivel normativo: conectan la política comercial y la transformación del sector energético
con la electromovilidad, al disminuir los aranceles, estimular las inversiones y establecer
objetivos para descarbonizar y electrificar el transporte. Desde un punto de vista legal,
esto exige que esos compromisos se "bajen" a la dimensión operativa de las leyes
sectoriales: si el país permite la entrada de vehículos e infraestructura provenientes de
China, es necesario armonizar la Ley de Eficiencia Energética (LOEE), las normativas
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técnicas y las regulaciones de ARCONEL para garantizar que todos los participantes
tanto nacionales como extranjeros— trabajen bajo las mismas normativas en términos
de seguridad, calidad, interoperabilidad y protección del usuario. Esto incluye cerrar los
actuales vacíos en lo relativo a conectores, carga rápida y cobertura, además de
prevenir que la apertura comercial resulte en un entorno con normas débiles.
4. Discusión
La electromovilidad, en el contexto de Ecuador, se ha establecido como un ámbito de
experimentación regulatoria donde coexisten progresos importantes y brechas
estructurales. La promulgación de la Ley Orgánica de Competitividad Energética y las
reformas más recientes a la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica han
establecido un camino regulatorio definido: reservar el estatus legal de "vehículo
eléctrico" y con ello, el acceso a exoneraciones en IVA, ICE, aranceles y ventajas
impositivas para aquellas tecnologías que cuenten con propulsión únicamente eléctrica,
que se recarguen desde la red y no emitan directamente nada. Si bien esta definición,
que deja fuera a los vehículos de rango extendido y a los híbridos enchufables, fortalece
la seguridad jurídica al proporcionar un criterio objetivo para la clasificación, también
establece una línea divisoria rígida cuya proporción es cuestionable en un escenario de
infraestructura de carga naciente y grandes disparidades territoriales. Simultáneamente,
el arreglo muestra una asimetría notable: aunque se ha densificado el componente
energético-tributario, todavía hay vacíos en la regulación específica de la circulación,
operación y supervisión de vehículos eléctricos en particular los de dos y tres ruedas y
no hay un marco nacional unificado para la colocación y funcionamiento de las
estaciones de carga. La presencia simultánea de varios conectores y estándares
técnicos, en contraste con la aparición de reglamentos como los ecuatorianos y la IEC
62196-2, evidencia cómo la ausencia de determinaciones normativas precisas en
términos de interoperabilidad y homologación puede resultar en obstáculos para
acceder, división del mercado y peligros para la seguridad del usuario. En este contexto,
la colaboración con China y los compromisos que surgen del acuerdo comercial
representan un nivel extra de complejidad. Para impedir que en el tránsito hacia un
transporte eléctrico se reproduzcan, bajo una apariencia "verde", las mismas asimetrías
y debilidades que distinguen a otros sectores estratégicos en economías periféricas, es
necesario incluir explícitamente estándares medioambientales, obligaciones de
diligencia debida y mecanismos de responsabilidad en la regulación de la
electromovilidad.
Por consiguiente, superar estas barreras legales requiere un diálogo abierto y acuerdos
bilaterales que permitan flexibilizar y adaptar los requisitos de contenido nacional,
promoviendo así un equilibrio entre la protección de la economía local y la atracción de
inversión extranjera tecnológica. Un marco legal claro, predecible y sensible a la realidad
internacional es crucial para fomentar la cooperación efectiva y el éxito en inversiones
chinas en Ecuador. Empresas chinas líderes como BYD y JAC han respondido
positivamente a estos retos, invirtiendo en ensamblaje local y la distribución de vehículos
eléctricos, además de colaborar con instituciones en programas de capacitación técnica
y transferencia tecnológica (Expreso, 2025; JAC Azul, 2025; El Universo, 2026;
Primicias, 2026). Ambas desarrollan infraestructura privada para estaciones de carga y
promueven alianzas con actores públicos para expandir la red de soporte, contribuyendo
a la formación práctica de técnicos y gestores en el sector. Estas acciones contribuyen
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a consolidar un ecosistema sostenible, aunque requieren apoyo jurídico y normativo que
facilite su crecimiento y operatividad eficiente, protegiendo los derechos de todas las
partes involucradas.
El desarrollo de un marco legal integral y robusto para la electromovilidad en Ecuador
es crucial para fomentar la transición hacia un sistema de transporte más sostenible y
eficiente. Sin embargo, el actual régimen normativo presenta deficiencias en varios
aspectos, especialmente relacionados con la unificación normativa, la regulación de la
infraestructura de carga, la cooperación internacional, la formación técnica, y la
estabilidad de incentivos. Primero, la unificación normativa es indispensable para
eliminar la dispersión sectorial existente. Las normativas relacionadas con vehículos
eléctricos, infraestructura, distribución de energía y protección ambiental se encuentran
fragmentadas, lo cual genera vacíos y conflictos regulatorios que ralentizan la inversión
y operación (Electromovilidad en Ecuador, 2021). La integración de estándares técnicos
y procedimientos administrativos facilitaría una gestión coherente y eficiente.
Respecto a la infraestructura de carga, se requiere una regulación específica que defina
claramente los estándares técnicos y de seguridad, así como la interoperabilidad de las
estaciones de carga. Esto permitiría a los proveedores coordinarse bajo un mismo
marco legal, garantizando calidad y accesibilidad para los usuarios y mejorando la
operación conjunta del sistema (Pliego Tarifario y Regulación ARCONEL, 2024). En
términos de cooperación internacional, especialmente con China, la legislación debe
formalizar acuerdos bilaterales y protocolos legales que protejan las inversiones y la
transferencia tecnológica, garantizando derechos de propiedad intelectual y
mecanismos de resolución de conflictos. Esto fortalecería el clima de negocios y
promovería una mayor inversión en electromovilidad (Mobility Portal Latinoamérica,
2025). En el terreno internacional, formalizar pactos con China mediante convenios o
tratados ejecutivos que incluyan cláusulas de protección de inversiones, propiedad
intelectual y solución de conflictos lleva la colaboración en electromovilidad al campo
del derecho económico internacional. Esto brinda más certeza jurídica a los inversores,
pero también obliga al Estado a sostener un marco regulatorio seguro, predecible y
acorde con esos compromisos.
Para apoyar la transición técnica, es fundamental instituir programas de certificación y
formación profesional que estén respaldados por un marco legal que haga obligatoria la
capacitación y actualización continua de operadores, técnicos y gestores en
electromovilidad (Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica, 2025). Esto
posibilita que el Estado relacione de manera directa la seguridad de las instalaciones, el
funcionamiento adecuado de la infraestructura de carga y la observancia de los
estándares técnicos y medioambientales con la capacitación del personal,
disminuyendo así los peligros de incidentes, errores o violaciones a las normativas.
A pesar de los significativos progresos, el marco legal de la electromovilidad en Ecuador
también presenta una fragmentación que obstaculiza la creación de un ecosistema
coherente. Las leyes de eficiencia energética, el régimen eléctrico y los incentivos
fiscales han hecho posible que el automóvil eléctrico se coloque como medio para
mitigar el cambio climático desde la legislación interna, a pesar de que aún no existe
una ley completa sobre electromovilidad que regule la circulación, la recarga, la
interoperabilidad tecnológica y la protección del usuario (Duque & García, 2024; Instituto
de Investigación Geológico y Energético, 2021). En este escenario, la falta de reglas
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técnicas específicas para la instalación y el funcionamiento de estaciones de carga que
incluyan los estándares de calidad, los modos de carga y los conectores nos obliga a
depender de manera dispersa en normas técnicas generales e internacionales, lo que
puede crear incertidumbre regulatoria y barreras potenciales para usuarios y operadores
(Instituto de Investigación Geológico y Energético, 2021). De esta manera, el derecho
de transporte y energía se vuelve un componente crucial para asegurar una transición
a la movilidad eléctrica en el país que sea organizada, predecible y equitativa desde el
punto de vista social.
La colaboración con China y el pacto comercial entre ambos países añaden un nivel
extra de complejidad legal a nivel externo, ya que vinculan objetivos de transición
energética, compromisos de inversión y disciplinas comerciales en los esquemas de
cooperación Sur–Sur (Zatti, 2026). La electromovilidad tiene la posibilidad de replicar
los patrones de asimetrías y dependencia propios de otros sectores estratégicos en
economías periféricas si no se establecen normas claras respecto a la responsabilidad
social, la transparencia y la diligencia debida ambiental para estos flujos de vehículos,
tecnología y financiamiento (Zatti, 2026; Duque & García, 2024). Por lo tanto, se sugiere
un enfoque regulatorio que combine estándares técnicos de interoperabilidad, políticas
sólidas de educación y formación profesional, así como mecanismos de financiamiento
sostenible. Así, la coordinación entre los sectores público, privado y académico resultará
en una red nacional de carga adaptada a las circunstancias económicas, geográficas y
sociales del Ecuador (Duque & García, 2024; Ministerio de Transporte y Obras Públicas,
2023). La electromovilidad solo podrá establecerse como una política auténtica de
desarrollo sostenible si no se convierte en una mera reconversión tecnológica sujeta a
la lógica del mercado y a la dependencia externa.
5. Conclusiones
Los resultados muestran que Ecuador tiene una base regulatoria en electromovilidad,
sin embargo, afronta desafíos en la actualización continua de las normas técnicas, la
integración nacional de las infraestructuras y el establecimiento de incentivos fiscales
apropiados. Colaborar con China se presenta como un propulsor de innovación y acceso
a tecnología, pero requiere que se fortalezcan la evaluación y adaptación local de
estándares. Aunque la educación para la sostenibilidad está todavía en una fase inicial,
es esencial para respaldar la transición y promover una cultura de innovación y uso
responsable. Para lograr los objetivos de movilidad eléctrica sostenible, el país tiene que
progresar hacia la creación de una estrategia integral que conecte a los sectores
privado, público y académico, garantice la interoperabilidad y solidez de la
infraestructura y asegure el adiestramiento constante del talento humano.
La habilidad del Estado de crear una regulación unificada y específica que supere la
actual dispersión normativa es fundamental para el éxito del marco legal ecuatoriano en
electromovilidad, lo cual brindará certeza y seguridad jurídica a todos los participantes.
Para asegurar la compatibilidad, seguridad y libre circulación de equipos y vehículos
eléctricos, es fundamental que la legislación nacional favorezca la adopción rápida de
regulaciones internacionales y procedimientos de homologación técnica reconocidos a
nivel global, como por ejemplo la IEC 62196-2. Asimismo, los incentivos deben ser
transparentes, estar respaldados legalmente y gestionarse de acuerdo a principios de
justicia, promoviendo tanto la inversión privada como el acceso que tiene cada
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ciudadano a la tecnología limpia. Finalmente, el marco normativo tiene que incluir la
capacitación y actualización profesional obligatorias en nuevas habilidades,
empoderando a los operadores y funcionarios para abordar de manera correcta los retos
regulatorios y tecnológicos del sector. En resumen, a pesar de que Ecuador tiene bases
jurídicas fuertes, sobre todo desde la Ley Orgánica de Eficiencia Energética, para
consolidar la electromovilidad sostenible es necesario contar con una agenda legislativa
y administrativa actualizada, eficiente y coordinada, que asegure derechos
fundamentales, actualización normativa e incentivos dinámicos. Todo esto debe tener
como eje transversal la sostenibilidad medioambiental.
Dentro de este marco, es importante que la agenda legislativa de Ecuador incluya
explícitamente la relación entre sostenibilidad, inversión extranjera y electromovilidad.
Esto debe hacerse considerando las discusiones regionales acerca de proyectos chinos
en América Latina y los requisitos ambientales que se están demandando cada vez más
para las cadenas de suministro "verdes" y el financiamiento. Esto implica que las leyes
sectoriales y los mecanismos resultantes del Tratado de Libre Comercio con China
contengan cláusulas medioambientales sólidas, evaluaciones de impacto y
responsabilidades de diligencia debida para los inversores. Así, la introducción de
vehículos, infraestructura y capital chino no solamente impulsará la electrificación del
transporte, sino que lo hará respetando estándares de protección de derechos, claridad
y coherencia con las metas climáticas y de desarrollo sostenible del país y la región.
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CONFLICTO DE INTERESES
“Los autores declaran no tener ningún conflicto de intereses”.